ALGO DE E-CONTA
REQUISITOS DE LOS REGISTROS O ASIENTOS CONTABLES
1. Ser analìticos y registrarse en el mes en que se realicen las operaciones o a màs tardar dentro de los 5 dìas siguientes a la realizaciòn de la operaciòn.
2. Integrarse en el Libro Diario, señalando Nombre de la Cuenta, Saldo Inicial, Cargos y Abonos u Saldo Final del periodo.
3. Se podrà llevar un Libro Diario y Mayor por establecimiento, pero en todos los casos deberàn exisitir Libros Diario y Mayor GENERALES donde se concentren todas las operaciones del Contribuyente.
4. Permitir la identificaciòn de cada operaciòn, acto o actividad, relacionàndolos con los folios asignados a los CFDI o con la documentaciòn cmprobatoria, identificando la forma de pago, las distintas contribuciones, tasas o cuotas.
5. Relacionar cada operaciòn con los saldos finales
6. formulara Estados Financieros Bàsicos
a) Estado de Posiciòn Financiera (NIF B-6)
b) Estado de Resultados (Estado de Resultados Integral NIF B-3)
c) Estado de Variaciones en el Capital Contable (Estado de Cambios en el Capital Contable NIF B-4)
d) Estado de Origen y Aplicaciòn de Recursos (Estado de Flujos de Efectivo NIF B-2)
7. Relacionar el Estado de Posiciòn Financiera con las cuentas de cada operaciòn
8. Identificar las ontribuciones que se deban cancelar o devolver, por motivo de bonificaciones, descuentos o devoluciones que se efectùen
9. Comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos alotorgamiento de Estìmulos Fiscales y Subsidios
10. Identificar los bienes en:
a) Adquiridos o producidos
b) Materias Primas
c) productos termianados o semiterminados
d) Los bienes enajenados
e) Los bienes destinados a donaciòn
f) Bienes destinados a su destrucciòn
11. Plasmarse en Español y en moneda nacional, o en su caso acompañar traducciòn y el tipo de cambio
12. Establecer centros de costos por sucursasl establecimiento o del extanjero
13. Señaar en cada operaciòn, acto o actividad:
a) Fecha de realizacòn
b) Forma de pago (Contado, crèdito, plazos o parcialidades)
c) Medio de pago (efectivo, cheque, transferencia, tarjeta de crèdito o dèbito o monedero electrònico) o forma de extinciòn de la obligaciòn
14. Permitir identificar depòsitos y retiros de las cuentas bancarias y conciliarse con la documentaciòn soporte y Estados de cuenta
15. Llevar un control de inventarios (MP. PP y AT) identificando el mètodo de valuaciòn:
I. PEPS
II. Promedio
III.Identificado
IV: Detallistas
Art. 33 RCFF y 28 CFF